Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 25 de Junio de 2001

Enlazado como:
Abogados Público y Administrativo

Resumen


ORDENACIÓN URBANA. No se ha cumplido en el presente caso lo exigido por el artículo 96.2 de la LRJCA, pues no basta la cita de las normas que se reputan infringidas, ni de doctrina general al respecto sino que debe justificarse que la infracción de normas no emanadas de los órganos de la Comunidad Autónoma -que ni siquiera se citan por el Ayuntamiento de Quart de Poblet- ha sido relevante y determinante del fallo, justificación que, como ha declarado esta Sala, ha de ser acreditada por el que prepara el recurso de casación, haciendo explícito cómo, por qué y de qué forma ha influido y ha sido determinante del fallo. Se estima la demanda. Se desestima la apelación.

Ver el contenido completo de este documento

Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Administrado

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 25 de Junio de 2001

D. JUAN MANUEL SANZ BAYOND. RICARDO ENRIQUEZ SANCHOD. JORGE RODRIGUEZ-ZAPATA PEREZD. PEDRO JOSE YAGÜE GILD. MANUEL VICENTE GARZON HERRERO

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Junio de dos mil uno.

Vistos los recursos de casación interpuestos en el rollo nº 7979/96 por el procurador D. Isacio Calleja García, en nombre y representación del Ay...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía