Sentencia nº 1143/2000 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 14 de Diciembre de 2000
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Resumen
NULIDAD DE HIPOTECA. No es posible entender que, la instalación de maquinaria a que se refiere repetida Línea de Extrusión Breda, pueda entenderse como mejora en el lenguaje literal que proviene de la mención del artículo -el art. 109 L.H., puesto que, en cualquier caso, supone la misma, una cualquier alteración perfectiva de obra recayente sobre un objeto preestablecido, sin que, tampoco sea posible, entender en lo referente a nuevas plantaciones del art. 110 L.H., deban considerarse como mejora a los efectos del recurso, ya que, por las circunstancias concurrentes a la maquinaria integradora de la Línea de Extrusión Breda, no cabe admitir que, se trata de una nueva plantación en su versión literalista, debiendo al respecto mantenerse la descripción de la misma que se efectúa en la Sentencia recurrida. Se estima la demanda. Se desestima la apelación.
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Extracto
Sentencia nº 1143/2000 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 14 de Diciembre de 2000
Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de Casación contra la Sentencia dictada en grado de Apelación por la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Segovia como consecuencia de autos de Juicio de Mayor Cuantía, núm. 363/92, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de los de dicha Capital, sobre nulidad de hipoteca mobiliaria; cuyo recurso fue interpuesto por AGROMAN EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A., representado por el Procurador de los Tribunales don José Pedro V.R.
; siendo parte recurrida la Compañía Mercantil Anónima BANCO ESPAÑOL DE CRÉDITO, S.A., representado por el Procurador de los Tribunales don Carlos I. de la Cadiniere.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO: Ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 2, de Segovia, fueron vistos los autos, Juicio de Mayor Cuantía, promovidos a instancia de Agraman Empresa Constructora, S.A., contra la entidad Drelok, S.A., don Alfonso Palomares Moroto y su esposa doña Celina R. R. y la entidad Banco Español de Crédito, S.A., sobre nulidad de hipoteca mobiliaria.Por la parte actora se formuló demanda arreglada a las prescripciones legales, en la cual solicitaba, previa alegación de los hechos y fundamentos de derecho, esencialmente, que estimando la demanda se declarara la nulidad de ...Ver el contenido completo de este documento
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