Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 7 de Noviembre de 1994

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Resumen


" ACCION NEGATORIA DE SERVIDUMBRE. CARACTER PUBLICO DE LAS CARRETERAS DE URBANIZACION. La cesión gratuita a los Ayuntamientos de los viales de toda urbanización viene impuesta por imperativo legal del Texto Refundido de la Ley del Suelo, por lo que carece de sentido, por ser contrario a la Ley Urbanística, el pretender mantener la carretera de la urbanización ""Pla del Mar"" con carácter o naturaleza de propiedad privada. Después de los arts. 67 núm. 3.° a) y 114 de la Ley del Suelo el carácter obligatorio de la cesión para viales, y la afectación de éstos a calles y plazas, comporta respecto de los mismos, y a salvo supuestos excepcionales, como pudieran ser algunas calles interiores, su titularidad pública, y, por ende, el uso común general, y no el uso privativo, acotado. Se desestima la demanda. Se estima parcialmente la apelaciòn. A la casación no ha lugar."

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandado

Extracto


Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 7 de Noviembre de 1994

En la villa de Madrid, a siete de noviembre de mil novecientos noventa y

cuatro.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los

Magistrados al final indicados, el recurso de casación contra la sentencia

dictada en grado de apelación por la Sección Séptima de la Audiencia

Provincial de Valencia, como consecuencia de autos de juicio declarativo

ordinario de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia

núm. 1 de Denia, sobre reclamación de derechos, cuyo recurso ha sido

interpuesto por Comunidad de Propietarios de la urbanización «Plá del Mar»

de Teulada (Alicante), representada por el Procurador don Angel Luis

Rodríguez Alvarez y defendida por el Letrado don Juan Pascual Cuéllar

Tórtola; siendo parte recurrida «Casitas Moraira, S. A.», representada por

el Procurador don Florencio Aráez Martínez y asistida por la Letrada doña

Inmaculada Fernández Martínez; y don José Pascual Pastor y doña Isabel

Pastor Catalá, representados por la Procuradora doña María Luz Albácar

Medina y asistidos por el Letrado don José Ciscar Bolufer.

Antecedentes de hecho

Primero: El Procurador don Edelmiro Bellot Sendra en nombre y representación

de Comunidad de Copropietarios de la ur...

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