Sentencia nº 196/2002 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 5 de Febrero de 2002

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Resumen


"DELITO NEGATIVA DE PRESTACIÓN MILITAR. PRUEBA. Se persigue penalmente al imputado por delito de negativa a la prestación del servicio militar. El objeto del recurso de casación formalizado por el Ministerio Fiscal consiste en determinar el órgano judicial competente para conocer del enjuiciamiento de la presente causa. La Ley 36/98, de 10 de noviembre, modifica, entre otros, el apartado tercero del artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y tras su entrada en vigor, el Juez de lo Penal conoce del enjuiciamiento de las penas privativas de libertad de duración no superior a cinco años, o pena de multa cualquiera que sea su cuantía, o cualesquiera otras de distinta naturaleza, bien sean únicas, conjuntas o alternativas, siempre que la duración de éstas no excedan de diez años. Esta modificación determina que sea el Juez de lo Penal el competente para conocer del delito contra el deber de prestación del servicio militar previsto en el artículo 604 del Código Penal, tras la reforma operada por Ley Orgánica 7/98, de 5 de octubre, ya que la pena que se puede imponer es inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de cuatro a seis años. Sin embargo olvida el Tribunal de instancia que la Disposición Transitoria Unica de la Ley 36/98, de 10 de noviembre, citada como infringida, establece expresamente que la ""la presente Ley se aplicará a las causas que se encuentren pendientes en el momento de su entrada en vigor siempre que, en dicho momento, no se haya dictado todavía auto de apertura del juicio oral"". Instancia declara la competencia objetiva. La alzada estima el recurso de casación."

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Juez

Extracto


Sentencia nº 196/2002 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 5 de Febrero de 2002

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a cinco de Febrero de dos mil dos.

En el recurso de casación por INFRACCION DE LEY que ante Nos pende, interpuesto por el MINISTERIO FISCAL, contra auto dictado por la Audiencia Provincial de Vizcaya (Sección Segunda), con fecha 29 de septiembre de 1999...

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