Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 15 de Noviembre de 2001
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Resumen
IMPUESTOS MUNICIPALES. INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS. Esta Sala Tercera ha mantenido en recientes y reiteradas sentencias la aplicación de los apartados 2 y 3 del artículo 27 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a los recursos de casación interpuestos con anterioridad a su vigencia, pero resueltos con posterioridad a la misma, razón por la cual la Sala declara la nulidad de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto Municipal sobre Incremento del Valor de los Terrenos, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Munguía en sesión de fecha 27 de Septiembre de 1986, acuerdo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72, apartado 2, de dicha Ley, debe ser publicado en el Boletín Oficial del Señorío de Vizcaya. Se estima el recurso contencioso administrativo. Se desestima la casación.
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 15 de Noviembre de 2001
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a quince de Noviembre de dos mil uno. La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha pronunciado la presente Sentencia en el recurso de casación nº 5986/96, interpuesto por el AYUNTAMIENTO DE MUNGUIA, contra la sentencia, nº 714/95, de fecha 18 de Diciembre de 1995, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo -Sección Primera- del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 2002/92, seguido a instancia de D. Raúl , contra resolución del Concejal Delegado de Hacienda y Patrimonio del Ayuntamiento de Munguía, de 21 de Mayo de 1992, por la que se desestimó el recurso de reposición y se confirmó la liquidación girada en el expediente nº 91-0037-0, por importe de 1.532.160 pesetas. Ha comparecido en esta instancia como recurrido D. Raúl , representado por el Procurador de los Tribunales D. Luis Pulgar Arroyo, con la asistencia de Letrado. La Sentencia tiene su origen en los siguientesANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia, cuya casación se pretende, contiene el fallo que, transcrito literalmente, dice: "FALLO: Que estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Letrado Don Juan Goiricelaya Ugalde en representación de Don Raúl , frente a resolución del Concejal Delegado del Area de Hacienda y Patrimonio del Ayuntamiento de Munguía de 21 de Mayo de 1992, confirmatoria de liquidación en concepto de Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos en expedien...Ver el contenido completo de este documento
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