Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 9 de Octubre de 2003

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Resumen


RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. RESERVA DE LOCAL O MODULA EN UNIDAD ALIMENTARIA. CASACION. CUANTIA. INADMISION. La cuantía litigiosa viene representada -ex artículo 489, regla 10ª, de la LEC de 1881, hoy regla 9ª del artículo 251 LEC vigente, en relación con el artículo 51.1 de la LJCA de 1956, hoy artículo 42.1 de la vigente Ley- por el importe de una anualidad de renta, aquí analógicamente por el importe del canon anual, que en este caso no supera el límite de 25 millones de pesetas establecido en el artículo 86.2.b) de la Ley de esta Jurisdicción, habida cuenta que la Tarifa nº 2.2 para puestos de frutas de la Ordenanza nº 8 bis de Derechos y Tasas por prestación de servicios en el Mercado Central de Abastos de Valladolid es de 2.500 pesetas mensuales y la cuantía litigiosa, por tanto, 30.000 pesetas. Se desestima el recurso contencioso administrativo. Se inadmite la casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Ayuntamiento

Extracto


Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 9 de Octubre de 2003

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Octubre de dos mil tres.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por la Procuradora de los Tribunales Dª. Ana Nieto Altuzarra, en nombre de D. Luis Alberto, se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia de 30 de diciembre de 2000, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con se...

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