Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 10 de Julio de 2002

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Resumen


PROYECTOS DE URBANIZACIÓN. Sobre una misma superficie o espacio natural pueden actuar distintas Administraciones públicas para diferentes funciones o competencias, con la inexorable necesidad de colaboración y, por supuesto, coordinación. No solo hay que identificar cada materia, pues una misma ley o disposición puede albergar varias, sino que resulta inevitable a continuación determinar, en cada caso, el titulo competencial predominante por su vinculación directa e inmediata, en virtud del principio de especificidad, operando así con dos criterios, el objetivo y el teleológico, mediante la calificación del contenido material de cada precepto y la averiguación de su finalidad, sin que en ningún caso pueda llegarse al vaciamiento de las competencias de las Comunidades Autónomas según sus Estatutos. Se desestima la casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Junta, Recurrido

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 10 de Julio de 2002

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diez de Julio de dos mil dos.

En el recurso de casación nº 5.232/1996, interpuesto por la entidad CORTEGADA S.A., representada por la procuradora doña María Teresa Sánchez Recio y asistida de letrado, contra la sentencia nº 930/1995, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en fecha 21 de diciembre de 1995 y recaída en los recursos acumulados números 4.591/1992 y 5.360/1993, sobre establecimiento de régimen de protección preventiva para la isla de Cortegada (Villagarcía de Arosa); habiendo comparecido como partes recurridas la JUNTA DE GALICIA, representada por el procurador don Argimiro Vázquez Guillén, y el AYUNTAMIENTO DE VILLAGARCÍA DE AROSA, representado por el procurador don Jorge Deleito García, ambos con asistencia de letrado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En el proceso contencioso administrativo antes referido, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia dictó sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: <<Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso administrativo acumulado en el presente y deducido por la entidad "Cortegada S.A." contra Decreto del Consello de la Xunta de Galicia de 16 de mayo de 1993, estableciendo un régimen de protección para la Isla de Cortegada, en el Concello de Vilagarcía de Arousa, y debemos estimar y estimamos en parte el recurso contencioso administrativo también ...

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