Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 12 de Junio de 2008

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Resumen


"MARCAS. RIESGO DE CONFUNDIBILIDAD. La aproximación concurre en el caso de autos, tal como acertadamente destacaron la Oficina registral y el tribunal de instancia, vista la la índole de los productos y su cercanía en el consumo doméstico. El consumidor medio podría fundadamente pensar que la titular de la marca ""Sabrosol"", ya registrada para aceites, trata ahora de ampliar sus productos a otro sector alimenticio (el de los zumos de frutas) utilizando el mismo signo distintivo. Es justamente este riesgo el que trata de evitar la prohibición relativa de registro inserta en el artículo 12.1.a) de la Ley de Marcas, bien aplicado por el tribunal de instancia en la medida en que, insistimos, ante la identidad plena de las denominaciones, basta una relativa cercanía aplicativa de los productos para que la marca aspirante no deba ser inscrita. Se desestima el recurso contencioso administrativo. Se desestima la casación. "

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 12 de Junio de 2008

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a doce de Junio de dos mil ocho.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituida en su Sección Tercera por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación número 6644/2005 interpuesto por "LÓPEZ MORENAS, S.L.", representada por la Procurador Dª. Mercedes Albi Murcia, contra la sentencia dictada con fecha 22 de septiembre de 2005 por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso número 116/2003, sobre denegación de la marca número 2.378.492, "Sabrosol"; es parte recurrida la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada por ...

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