Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 9 de Diciembre de 2008
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Resumen
RECURSO DE CASACIÓN. SENTENCIA. INCONGRUENCIA. La sentencia incurre en incongruencia omisiva cuando Tribunal a quo prescinde en absoluto de las alegaciones de las partes. Se estima el recurso.
Frases clave
“ PRIMERO.- Ha lugar a acoger el motivo primero del recurso. Efectivamente, la sentencia incurre en incongruencia omisiva, con infracción de lo establecido en los arts. 67.1 de la L.J. y 218 de la L.E.Civil, al haber prescindido de toda consideración o examen de argumentos que, desde la posición procesal de la parte demandante, podían tener incidencia determinante en el resultado del proceso. No cabe estimar, en este caso, que de forma tácita o implícita la sentencia hubiera respondido en sentido desestimatorio al planteamiento realizado en la instancia por "PLAZA MAYOR PARQUE DE OCIO, S.A." El análisis de la sentencia revela que el Tribunal "a quo" ha prescindido en absoluto de las alegaciones sobre los significativos precedentes registrales y judiciales que hemos recogido en antecedentes. Por ello, dicha resolución incurre en el vicio de incongruencia omisiva, con resultado de indefensión, determinante de la casación de la sentencia, como así declaramos, manteniendo el criterio recogido, entre otras, en la STS de 21 de octubre de 2008 (RC 3239/2006 ). ”
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 9 de Diciembre de 2008
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a nueve de diciembre de dos mil ocho.VISTO por la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo el recurso de casación interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dña. Almudena Galán González, en representación de "PLAZA MAYOR PARQUE DE OCIO, S.A.", contra la sentencia de fecha de 6 de julio de 2006 dictada en el recurso contencioso-administrativo nº 124/2003 por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Ha sido parte recurrida la mercantil...Ver el contenido completo de este documento
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