Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 14 de Junio de 2001
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Resumen
MARCAS. CONFUSIÓN. Las denominaciones enfrentadas no incurren en la semejanza fonética a que se refiere el Art.124-1 del Estatuto, y que no existe el riesgo de confusión entre sus productos, conclusión que no cabe ahora en vía casacional alterar por tratarse de hechos deducidos de la prueba, y ello por unas alegaciones puramente subjetivas del recurrente que se limita a la cita genérica de alguna sentencia de esta Sala dictada en un supuesto diferente al de la presente, lo cual impide apreciar la invocación de la infracción de la jurisprudencia de la Sala alegada por el recurrente, lo que determina la desestimación del recurso de casación. Se desestima la casación.
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 14 de Junio de 2001
D. OSCAR GONZALEZ GONZALEZD. SEGUNDO MENENDEZ PEREZD. MANUEL CAMPOS SANCHEZ-BORDONAD. FRANCISCO TRUJILLO MAMELYD. FERNANDO CID FONTAN
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a catorce de Junio de dos mil uno. En el recurso de casación nº 2598/1994, interpuesto por la Procuradora Dª. Isabel Campillo García, asistida de Letrado, en nombre y representación de CROFT JERE...Ver el contenido completo de este documento
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