Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 4 de Julio de 2005

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Resumen


MARCAS. COMPARACIÓN. Dicha comparación ha de efectuarse atendiendo al efecto global del conjunto de las marcas, sin descomponer las mismas de forma artificiosa entre sus elementos integrantes, sean éstos denominativos o gráficos, y sin perjuicio de ponderar la mayor o menor eficacia distintiva que cada uno pueda tener.Se estima parcialmente el contencioso administrativo. Se estima la casación.

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Historial del Caso


→ Estima el recurso contra Sentencia nº 993/2002 de TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, 17 de Septiembre de 2002

☞ Sentencia Favorable a: Sociedad mercantil

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 4 de Julio de 2005

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a cuatro de Julio de dos mil cinco.

VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituída en su Sección Tercera por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación número 7.607/2.002, interpuesto por la SOCIEDADE ANÓNIMA DE XESTIÓN DO PLAN XACOBEO, representada por la Procurador Dª Mª Isabel García Campillo, contra la sentencia dictada por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en fecha 17 de septiembre de 2.002 en el recurso contencioso-administrativo número 863/1.996, sobre denegación de inscripción de las marcas números 1.807.468 "XACOBEO 99", 1.81.918 "XACOBEO 99", 1.817.919 "XACOBEO 1999" y 1.817.920 "AÑO JACOBEO 1999".

Son partes recurridas la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada por el Sr. Abogado del Estado, y D. Jaime, representado por la Procuradora Dª Silvia González Milara.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En el proceso contencioso-administrativo antes referido, la Sala de lo Contencioso-Administrativo...

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