Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 19 de Abril de 2005
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Resumen
MARCAS. Se deniega la inscripción de la marca, por concurrir los presupuestos aplicativos de la prohibición de registro prevista en el art. 12.1 , por existir entre los distintivos enfrentados el solicitado una manifiesta semejanza denominativa y fonética. La función esencial del derecho exclusivo que se confiere al titular de la marca es garantizar al consumidor la identidad de origen del producto que con ella se designa, permitiéndole distinguir sin confusión posible dicho producto de los que tienen otra procedencia. Basta que no se dé una de las circunstancias del artículo 12 de la Ley de Marcas 32/1988 para que desaparezca la prohibición, y deba permitirse el acceso al Registro de la marca solicitada. Se rechaza el recurso de Casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 19 de Abril de 2005
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a diecinueve de Abril de dos mil cinco. En el recurso de casación nº 5655/2002, interpuesto por la Entidad INVESTRÓNICA, S.A., representada por el Procurador Don Carlos Andreu Socias, y asistida de letrado, contra la sentencia nº 606/2002 dictada por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en fecha 30 de mayo de 2002, recaída en el recurso nº 1242/1998, sobre concesión de inscripción de la marca internacional nº 635.601 "INVESTIX"; habiendo comparecido como parte recurrida la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y dirigida por el Abogado del Estado.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En el proceso contencioso administrativo antes referido, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Novena) dictó sentencia desestimando el recurso promovido por la Entidad INVESTRÓNICA S.A., contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 6 de abril de 1997, estimada parcialmente en recurso ordinario interpuesto contra otra de 6 de febrero de 1997,...Ver el contenido completo de este documento
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