Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 24 de Febrero de 2009
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Resumen
DESPIDO. Aun cuando, ciertamente, en una primera aproximación enjuiciadora, pudiera admitirse la inexistencia de una propia y verdadera contradicción de doctrina entre ambas sentencias comparadas dentro del presente recurso, por cuanto, las dos llegan a la misma conclusión de que la readmisión, consecuente al despido producido en el ámbito de las Administraciones Públicas, ha de hacerse como trabajador indefinido y no como trabajador fijo, sin embargo, es lo cierto que los fallos o parte dispositiva de una y otra resolución judicial en contraste son, claramente, contradictorios, ya que el de la sentencia impugnada otorga el derecho de opción entre readmisión o indemnización al trabajador en tanto el de la sentencia referencial lo atribuye a la empresa. Desde esta perspectiva de enjuiciamiento no cabe duda que habrá de admitirse la contradicción, por más que no exista una propia discrepancia en la doctrina que viene a sustentar una y otra resolución judicial en comparación. Se desestima la casación.
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 24 de Febrero de 2009
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Febrero de dos mil nueveVistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina, promovido por el Procurador D. FRANCISCO JOSÉ ABAJO ABRIL, en nombre y representación del EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARBELLA, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, de fecha 14 de febrero de 2008, en recurso de suplicación nº 2740/07, correspondiente a autos nº 1.117/06 del Juzgado de lo Social nº 8 de Málaga, en los que se dictó sentencia de fecha 28 de febrero de 2007, deducidos por Dª Diana, frente a la GERENCIA DE OBRAS Y SERVICIOS MARBELLA, S.L. y M.I. AYUNTAMIENTO DE MARBELLA, sobre DESP...Ver el contenido completo de este documento
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