Sentencia nº 220/1999 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 12 de Febrero de 1999
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Resumen
DELITOS DE ESTAFA Y FALSEDAD, MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS Y ALZAMIENTO DE BIENES. Acogido a la vía casacional del error iuris o defectuosa subsunción normativa del n° 1° del art. 849 de la Ordenanza procesal penal, obliga a un absoluto respeto al hecho probado, que no puede ser cuestionado, ni adicionado, menguado o sustituido. La base fáctica constituida, tanto por el relato de hechos probados, como por los datos fácticos ubicados en los fundamentos jurídicos, resulta inatacable y nos dice el fundamento jurídico III, para la estafa que la última compra de tabaco concluyó el 10 de enero de 1991 -lo que, por otra parte, también se relata en el escrito de acusación- y en tal momento se inicia el plazo prescriptivo y como las Diligencias Previas se incoan el 30 de marzo de 1996 es obvio que se había consumado la prescripción. En primera instancia se condena al acusado. Se desestima la casación.
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Extracto
Sentencia nº 220/1999 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 12 de Febrero de 1999
En la Villa de Madrid, a doce de Febrero de mil novecientos noventa y nueve.
En el recurso de casación por infracción de ley que ante Nos pende, interpuesto por la ACUSACION PARTICULAR contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, que absolvió a Virginia, Casimiroy Camilade los delitos de estafa y falsedad, malversación de caudales públicos y alzamiento de bienes condenando sólo a Virginiapor el delito de alzamiento de bienes de los que venían siendo acusados, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que al margen se expresan, se han constituido para la Votación y Fallo bajo la Presidencia y Ponencia del Excmo. Sr. Don José Manuel Martínez-Pereda Rodríguez siendo también parte el Ministerio Fiscal y como recurridos, Virginia, Casimiroy Camila, estando dicha parte recurrente representada por el Procurador Sr. Murga Rodríguez, y la parte recurrida por la Procuradora Sra. Rubio Peláez.I. ANTECEDENTES 1.- El Juzgad...Ver el contenido completo de este documento
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