Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 9 de Octubre de 2008
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Resumen
Resolución del Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Enfermería por la que se impuso al recurrente la sanción de suspensión de cinco años por falta grave. Estimación por caducidad del expediente incoado al recurrente, pues el plazo máximo para terminar el expediente es de tres meses ampliables por otros tres (versión original del artículo 42.2 de la Ley 30/1992 ) y, pasado ese tiempo, entra en juego el artículo 43.4 de manera que, transcurridos treinta días a partir de dicho momento, ha de entenderse caducado el procedimiento, procediendo su archivo.
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 9 de Octubre de 2008
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a nueve de Octubre de dos mil ocho.La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Cuarta, ha visto el recurso de casación número 7409 de 2005, interpuesto por el Procurador Don José María Abad Tundidor, en nombre y representación de Don Narciso, contra la Sentencia de la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha ocho de septiembre de dos mil cinco, en el recurso contencioso-administrativo número 16 de 1998.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección Novena, dictó Sentencia, el ocho de septiembre de dos mil cinco, en el Recurso número 16 de 1998, en cuya parte dispositiva se e...Ver el contenido completo de este documento
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