Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 31 de Diciembre de 2002

Enlazado como:
Abogados Público y Administrativo

Resumen


Marca "LOTO RAPID" nº 1.202.052, concesión.

Recurrente: Entidad de Juegos y Apuestas de la

Generalidad Catalana. Recurrido: La Administración y

Lotto, S.p.A.(Art. 95.1.4º de la L.J.; Art. 124.1 del E.P.I.)

Frases clave


la Sala del Tribunal Superior de Justicia interpreta correctamente aquel precepto y lo aplica tras apreciar fundada y racionalmente que existen coincidencias, fonéticas, de un lado, y aplicativa o de productos, de otro, entre las marcas enfrentadas y que por ello existe riesgo de confusión en el mercado, no cabe en vía casacional combatir su decisión alegando, precisamente, que no se da la coincidencia y el riesgo que niega la sentencia de instancia, dado que ello es sustituir el criterio razonado en imparcial de la Sala de instancia por el criterio subjetivo del recurrente, dado que la sentencia aunque destaca la identidad fonética del núcleo LOTO, examina las dos marcas en su conjunto y sin descomponer o fragmentar ninguno de ello. Procede, en consecuencia, la desestimación del recurso de casación.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 31 de Diciembre de 2002

D. OSCAR GONZALEZ GONZALEZD. SEGUNDO MENENDEZ PEREZD. MANUEL CAMPOS SANCHEZ-BORDONAD. FRANCISCO TRUJILLO MAMELYD. PABLO MARIA LUCAS MURILLO DE LA CUEVAD. FERNANDO CID FONTAN

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a treinta y uno de Diciembre de dos mil dos.

VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituida en su Sección Tercera por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación nº 1319/1997 interpuesto por la ENTIDAD DE JUEGOS Y APUESTAS DE LA GENERALITAT DE CATALUÑA, representada por el Letrado de la Generalidad de Cataluña, contra la sentencia dictada con fecha 8 de noviem...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía