Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 23 de Marzo de 2001
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Resumen
"LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO TITULO DE CONDE. LEY CONCESIONARIA DEL TITULO. Se demanda que se declare su mejor por preferente genealógico sobre su sobrino de doble vínculo para usar, disfrutar y poseer, con sus honores y prerrogativa el Título de Castilla de Conde y declarando la nulidad o ineficacia jurídica de todo acto o disposición contraria a la Ley Concesionaria del Título litigioso.La institución de litisconsorcio pasivo necesario se haya regida por el principio de que los Tribunales han de cuidar que el litigio se ventile con presencia de todas aquellas personas que puedan resultar afectadas por el fallo, pues de no ser así, además de poder producirse fallos contradictorios, se conculcaría el principio de que nadie puede ser condenado sin ser oído, ni vencido en juicio, elevado a derecho fundamental por el art. 24.1 de la Constitución, que proscribe la indefensión, por todo lo cual la falta de litisconsorcio pasivo necesario, por ser cuestión de orden público, queda fuera del ámbito de rogación de parte, puede y debe ser apreciada de oficio por los Tribunales, aunque no haya sido aplicada por las partes. Se desestima la demanda. Se desestima la apelación. A la casación no ha lugar."
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Historial del Caso
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 23 de Marzo de 2001
D. IGNACIO SIERRA GIL DE LA CUESTAD. PEDRO GONZALEZ POVEDAD. ANTONIO GULLON BALLESTEROS
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintitrés de Marzo de dos mil uno.Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el presente recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Decimocuarta de Madrid, como consecuencia de autos de mayor cuantía; seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número Ocho de los de Madrid, sobre derechos honoríficos nobiliarios; cuyo recurso fue interpuesto por Dª Rosa , rep...Ver el contenido completo de este documento
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