Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 4 de Marzo de 2009

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN. SANCIÓN. AUDIENCIA. La sanción tributaria no debe ser impuesta prescindido la Administración del trámite de audiencia del interesado. Se desestima el recurso.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 4 de Marzo de 2009

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a cuatro de marzo de dos mil nueve

Visto por la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo el recurso de casación nº 4601/2007, interpuesto por D. Luis Enrique, representado por el Procurador D. Argimiro Vázquez Guillen, contra sentencia dictada con fecha 6 de Junio de 2007 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso nº 614/2006, seguido por los trámites del procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, sobre liquidación y sanción Tributaria, habiendo sido parte recurrida la Administración, representada y defendida por el Abogado del Estado. Oído el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La sentencia recurrida contiene parte dispositiva que copiada literalmente dice: Fallamos; Que DESESTIMANDO el recurso contencioso-administrativo 614/06, interpuesto -en escrito presentado el día 22 de junio pasado- por el Procurador D. Argimiro Vázquez Guillén, actuando en nombre y representación de D. Luis Enrique, contra las Resoluciones de la Delegación Especial de Madrid de la Agencia Tributaria de 23 y 31 de mayo de 2006, por las que, respectivamente, se practica una liquidación de deuda tributaria relativa al IRPF de 2000, con una deuda tributaria total de 143.569,71 (cuota, 114.329,54 € e intereses de demora, 29.240,17 €) y se le impone una sanción de 85.747,16 €, debemos declarar...

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