Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 23 de Noviembre de 1994

Enlazado como:
Abogados Público y Administrativo

Resumen


LIQUIDACIÓN DE ITP Y AJD. No es admisible otra interpretación que pueda derivar del Decreto-ley 19/1961 , pues el art. 147.2.° de la Ley 41/1964, de Reforma del Sistema Tributario se hallaba ya incluido en la Sección Segunda del capítulo 1.° del título 2.° relativo a las Transmisiones Patrimoniales inter-vivos, mientras que el gravamen de actos jurídicos documentados ya aparecía regulado en la Sección Cuarta, teniendo en cuenta, a mayor abundamiento, que en el Texto refundido de 1967, el art. 66 pertenecía al título 1.º (relativo a Transmisiones Patrimoniales inter-vivos) dentro del libro 2.º y por el contrario los Actos Jurídicos Documentados aparecían dentro del título 3.°, resultando así patente que la bonificación a que dichos preceptos se referían no comprendía el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. Se desestima el recurso contencioso de ""Energía e Industrias Aragonesas, S. A."", sin costas. Se desestima el recurso de apelación de ""Energía e Industrias Aragonesas, S. A.», sin costas.

Ver el contenido completo de este documento

Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Administración

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 23 de Noviembre de 1994

Núm. 4.322.-Sentencia de 23 de noviembre de 1994

PONENTE: Excmo. Sr. don Ángel Alfonso Llorente Calama.

PROCEDIMIENTO: Apelación núm. 6.035/1990.

MATERIA: Tributos: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

NORMAS APLICADAS: Normas sobre el impuesto.

JURISPRUDENCIA CITADA: Sentencias del Tribunal Supremo de 3 de febrero, 3 de abril y 28 de mayo de 1987 y 20 de febrero de 1988, entre otras .

DOCTRINA: Aunque regulados por unos mismos textos normativos, el Impuesto sobre

Transmisiones Patrimoniales y el de Actos Jurídicos Documentados, son distintos, pues derivan: el

primero del viejo Impuesto de Derechos Reales, y el segundo d...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía