Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 28 de Octubre de 2004
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Resumen
LIQUIDACIÓN DE CUOTAS. RECURSO DE CASACIÓN. CUANTÍA. Se impugna acta de liquidación de cuotas de la Seguridad Social. Tratándose de cuotas por débitos a la Seguridad Social las cifras que deben tomarse en consideración a los efectos de determinar la cuantía del recurso de Casación, son las cuotas mensuales, en atención a que se autoliquidan e ingresan por el sujeto obligado mes por mes y no por períodos de tiempo distintos. Se desestima el recurso contencioso administrativo. Se inadmite el recurso de casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Tesorería general de la seguridad social
Extracto
Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 28 de Octubre de 2004
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintiocho de Octubre de dos mil cuatro.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- Por el Procurador de los Tribunales D. César de Frías Benito, en nombre y representación de "Necso Entrecanales Cubiertas, S.A.", se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia de 21 de octubre de 2002, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera), dictada en el recurso nº ...Ver el contenido completo de este documento
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