Auto de TS, Sala 4ª, de lo Social, 11 de Noviembre de 2003

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Resumen


"RECURSO ADMINISTRATIVO. LICENCIA DE OBRA. DENEGACIÓN DE LICENCIA. NAVE INDUSTRIAL. Se interpone recurso administrativo contra la denegación de licencia solicitada por Composan Construcción, S.A., para la construcción de una nave industrial según proyecto formulado por el Ingeniero Técnico Industrial Don Carlos Alberto, recaído en expediente 225/96. Es cierto que el apartado 1 de la disposición transitoria primera, que contempla los ""procesos pendientes"" ante las Salas de lo Contencioso Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, guarda silencio al respecto, pero el inciso final del apartado 2 de la misma transitoria, es decir, la regla que equipara el régimen de impugnación de las sentencias de las expresadas Salas a las dictadas en segunda instancia, cuando se trata de procesos que, conforme a la Ley 29/1998, se hayan atribuido a los Juzgados, está redactada en plural, ""en estos casos"" -dice-, expresión que permite entender comprende tanto los casos del apartado 2 como los del apartado 1, en el que se encuentra contemplada la sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso que nos ocupa. La interpretación contraria vaciaría prácticamente de contenido el apartado 2 de la disposición transitoria primera -la puesta en funcionamiento de los Juzgados tuvo lugar al día siguiente de la entrada en vigor de la Ley 29/1998- y es difícilmente conciliable con la ""plena aplicación"" del nuevo régimen de la casación a las resoluciones dictadas con posterioridad a su entrada en vigor - disposición transitoria tercera-, plena aplicación que comporta que sólo puedan ser susceptibles de casación las sentencias que hubieran podido ser dictadas en única instancia con arreglo a la nueva Ley de esta Jurisdicción. Instancia estima el recurso contencioso administrativo. La alzada inadmite el recurso de casación para la unificación de doctrina."

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Administrado

Extracto


Auto de TS, Sala 4ª, de lo Social, 11 de Noviembre de 2003

En la Villa de Madrid, a once de Noviembre de dos mil tres.HECHOS

PRIMERO.- Por el Juzgado de lo Social Nº 1 de los de Ponferrada se dictó sentencia en fecha 6 de junio del dos mil dos, en el procedimiento nº 428/01 seguido a instancia de DON Jesús Maríacontra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre incapacidad, que estimaba la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en supl...

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