Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 11 de Marzo de 2002

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Resumen


LICENCIA ADMINISTRATIVA. Ha de precisarse que el escrito de interposición del recurso de casación es de 5 de Marzo de 1998, cuando ya se había publicado y era conocida la sentencia del Tribunal Constitucional 61/97 de 20 de Marzo. Uno de los pronunciamientos de dicha sentencia fue el declarar la inconstitucionalidad del artículo 242.2 del Real Decreto Legislativo. En estas hipótesis esta Sala viene declarando de modo reiterado que el recurso de casación ha de ser automáticamente desestimado si se tiene presente que el precepto que sirve de fundamento al recurso de casación es un precepto que ha sido declarado inconstitucional, y que, en rigor, nunca existió. Se desestima la demanda. Se desestima la apelación.

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Extracto


Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 11 de Marzo de 2002

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a once de Marzo de dos mil dos.

Visto el recurso de casación interpuesto por "Iberia, Línea Areas de España, S.A.", representada por el Procurador D. José Luis Pinto Marabotto, bajo la dirección de Letrado; siendo parte recurrida el Ayuntamiento de Sondika, representado por la Procuradora Dª. Susana Yraz...

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