Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 8 de Junio de 2005

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Resumen


"RELACIÓN LABORAL. SALARIOS. El procedimiento de conflicto colectivo se inició por demanda de la Federación de Banca, Bolsa y Ahorro de la Confederación General de Trabajadores (FESIBAC-CGT), dirigida frente al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), con la pretensión de que a los trabajadores en activo de la entidad demandada han devengado y tienen derecho a percibir dos cuartos de paga más sobre los cuartos abonados por la empresa en concepto de participación en beneficios del ejercicio según lo dispuesto en el Convenio colectivo aplicable. Bien a las claras está que la adición propuesta, además de infundada, es intrascendente, como no sea para demostrar la existencia de un grupo empresarial, que nadie niega. También decae el motivo sexto, en el que se acusa contradicción entre las afirmaciones contenidas en el hecho probado noveno de la sentencia recurrida, contradicción inexistente, como pone de relieve el escrito de impugnación del recurso; en el apartado primero del hecho probado noveno se ponen de manifiesto los datos propuestos por el demandante para apoyar su pretensión, y en el segundo apartado se rechazan tales datos, por lo que no se aprecia contradicción alguna. No se hace lugar al recurso de casación. "

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Historial del Caso


→ Desestima el recurso contra Sentencia nº 52/2004 de Audiencia Nacional - Sala de lo Social, 21 de Junio de 2004

Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 8 de Junio de 2005

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a ocho de Junio de dos mil cinco.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud de recurso de casación, interpuesto por la Federación de Banca, Bolsa, Ahorro de la Confederación General del Trabajo (FESIBAC-CGT), representada y defendida pro el letrado D. Javier Blanco Morales, contra la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, de fecha 21 de junio de 2004, que resolvió la demanda de convenio colectivo interpuesta por dicha Federación contra el BBV Argentaria, S.A.

Se ha personado ante esta Sala, en concepto de recurrido, el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S. A., representado por el Procurador D. Juan Ignacio Avila de Hierro.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. MANUEL IGLESIAS CABERO

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por la Federación de Banca, Bolsa, Ahorro de la Confederación General del Trabajo (FESIBAC-CGT), mediante escrito de 27 de junio de 2.002, interpuso demanda ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en la que éste, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dicte sentencia por la que los trabajadores en activo del Banco Bilbao Vizcaya, S.A. en el año 1999 han devengado y, por lo tanto, tienen derecho a percibir dos cuartos de paga más sobre los 13 abonados por la empresa por el concepto de participación de beneficios del ejercicio 1999, según el art. 18 del Convenio colectivo aplicable, condenando a la entidad demandada a estar y pasar por dicha declaración. Por otrosí solicitó el recibimiento del pleit...

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