Sentencia nº 379/2007 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 29 de Marzo de 2007
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Resumen
JURISDICCIÓN LABORAL. COSA JUZGADA QUE VINCULA A LA JURISDICCIÓN CIVIL. La cuestión relativa a si entre el recurrente y la entidad en cuestión existían dos vínculos contractuales, uno laboral y otro mercantil, ha quedado zanjada en cuanto al primero por Sentencia de la Jurisdicción Laboral que declara inexistente un contrato de trabajo, por lo cual recayendo esta resolución sobre un tema de competencia de dicho orden jurisdiccional vincula a la jurisdicción civil con efecto de cosa juzgada. En primera instancia se desestima la demanda. No ha lugar al recurso de casación.
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☞ Sentencia Favorable a: Sociedad mercantil
Extracto
Sentencia nº 379/2007 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 29 de Marzo de 2007
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintinueve de Marzo de dos mil siete.Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación interpuesto respecto a la Sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, Sección Quinta, como consecuencia de autos de juicio ordinario declarativo de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número ocho de Palma de Mallorca; cuyo recurso fue interpuesto por D. Marcelino, representado por la Procuradora Dª Mercedes Caro Bonilla; siendo parte recurrida la entidad MASPALOMAS HOTELES, S.A., representada por la Procuradora Dª Valentina López Valero.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- 1.- El Procurador D. Juan José Pascual Fiol, en nombre y representación de D. Marcelino, interpuso demanda de juicio declarativo de menor...Ver el contenido completo de este documento
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