Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 4 de Noviembre de 2003
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Resumen
JUICIO DE MENOR CUANTÍA. La causa de inadmisión prevista en el art. 1710.1-4 LEC de 1881, consistente en resultar notorio que la cuantía litigiosa no supera los límites que establece el nº 1 del art. 1687, es aplicable directamente por esta Sala, aun cuando en la Audiencia no se hubiera seguido el trámite del art. 1694 II, si la notoria insuficiencia cuantitativa se desprende con claridad de datos obrantes en las propias actuaciones. No se admite el recurso de casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 4 de Noviembre de 2003
En la Villa de Madrid, a cuatro de Noviembre de dos mil tres.I. ANTECEDENTES DE HECHO
1.- La Procuradora Sra. Marín Iribarren, en nombre y representación de D. Eloy, presentó ante esta Sala escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 30 de octubre de 2000, por la Audiencia Provincial ...Ver el contenido completo de este documento
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