Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 23 de Noviembre de 2003

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Resumen


JUBILACIÓN. REINTEGRO DE PRESTACIONES INDEBIDAS. PRESCRIPCIÓN. Habiendo nacido el derecho del INSS al reintegro de las percepciones indebidamente percibidas, antes de la entrada en vigor de la actual ley aplicable, la prestación reclamada ha de regirse por lo que se refiere a la normativa anterior. Siendo que la ley aplicable prevé un plazo de prescripción de tres meses para situaciones como las reclamadas, conforme lo cual se debe acoger el planteamiento de prescripción estimándose el recurso planteado. En primera instancia se estimó la demanda. En segunda instancia se desestimó la apelación. Planteado recurso de casación fue estimado.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 23 de Noviembre de 2003

D. LUIS GIL SUAREZD. BENIGNO VARELA AUTRAND. ANTONIO MARTIN VALVERDED. MANUEL IGLESIAS CABEROD. LUIS RAMON MARTINEZ GARRIDOD. JOAQUIN SAMPER JUAN

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintitrés de Noviembre de dos mil tres.

Vistos los autos pendientes ante la Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Letrado Sr. Cea Ayala, en nombre y representación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGUR...

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