Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 11 de Julio de 2000

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Resumen


"RECLAMACIÓN SOBRE DESPIDO. DESESTIMACIÓN DE RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN. No concurren en el caso los requisitos legales que justifican la grave decisión de revisar una sentencia firme; ni consta que se trate de un documento decisivo, en cuanto que su contenido no afecta a la calificación de la conducta del trabajador, sino a las circunstancias concurrentes en las operaciones de intermediación financiera fallidas; ni se trata tampoco de un documento recobrado cuya aportación al juicio hubiera sido impedida por causa de fuerza mayor o por conducta de la parte vencedora. Se desestima el recurso extraordinario de revisión interpuesto por DON J.L.G.G. contra la sentencia dictada en suplicación contra la sentencia del Juzgado de lo Social, en actuaciones seguidas por dicho recurrente contra la entidad CAJA RURAL DE ZAMORA, COOPERATIVA DE CREDITO."

Frases clave


La presente demanda-recurso de revisión, interpuesta el 20 de abril de 1999 frente a sentencia dictada y publicada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León (Valladolid) el 19 de abril de 1994, está basada en que el demandante (trabajador al servicio de una Caja Rural, cuyo despido disciplinario fue calificado de procedente en la sentencia que pretende rescindir) tuvo conocimiento el 12 de marzo de 1999 de un documento (informe interno de la entidad financiera en la que prestaba servicios sobre red internacional de estafadores a entidades de intermediación financiera), que a su juicio pone de relieve la inexistencia de causalidad entre su conducta laboral (omisión negligente de preceptiva anotación contable en compensación de talones bancarios) y el grave daño para la entidad empleadora (pérdida de más de cien millones de pesetas) que según la carta de despido y los hechos probados se derivó de tal negligencia.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Cooperativa

Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 11 de Julio de 2000

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud del recurso extraordinario de REVISION interpuesto por la Procuradora Dña. M.D.M.C., en nombre y representación de DON J.L.G.G.

y defendida por la Letrado Dña. P.C.F., contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cast...

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