Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 18 de Diciembre de 2007
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Resumen
"INVALIDEZ. MINUSVALIDA. DECLARACION DE INCAPACIDAD. El argumento de interpretación sistemática que se acaba de exponer puede ser completado con un argumento de interpretación finalista, que atiende a los distintos propósitos de protección que persiguen las normas de protección de la discapacidad y la acción protectora de la Seguridad Social en el ámbito de la incapacidad permanente. La definición de los grados de incapacidad permanente a efectos de Seguridad Social atiende exclusivamente a consideraciones de empleo y trabajo; en cambio, la definición de la minusvalía incluye como se ha visto otras dimensiones de la vida social, como son la educación y la participación en las actividades sociales, económicas y culturales. La coincidencia de los respectivos campos de cobertura de una y otra legislación puede ser amplia; y el legislador puede establecer una asimilación o conjunción de los mismos, como sucede en el art. 2.1. Ley 51/2003. Pero, junto a estos espacios de coincidencia, hay otros que corresponden privativamente bien a la Seguridad Social bien a la protección de los discapacitados, y cuyos beneficiarios han de ser determinados, en principio, mediante los procedimientos establecidos en uno y otro sector del ordenamiento social. En primera instancia se estima la demanda. Se desestima la suplicación. Se estima la casación. "
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 18 de Diciembre de 2007
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a dieciocho de Diciembre de dos mil siete.Vistos los autos pendientes ante la Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la Letrada de la Junta de Extremadura, en nombre y representación de dicha Junta, contra la sentencia dictada el 1 de marzo de 2007 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso de suplicación núm. 815/06, formalizado por el recurrente contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 3 de Cáceres, de fecha 21 de junio de 2006, recaída en los autos núm. 84/06, seguidos a instancia de D. Manuel contra la CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, sobre DERECHOS SEGURIDAD SOCIAL.Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNÁNDEZANTECEDENTES DE...Ver el contenido completo de este documento
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