Sentencia nº 420/2007 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 30 de Marzo de 2007
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Resumen
"RECURSO DE CASACIÓN. RESPONSABILIDAD POR RIESGO. INTOXICACIÓN POR INHALACIÓN DE GAS NATURAL.INDEMNIZACIÓN. La actora formuló demanda en la cual se solicitaba se condene a los demandados al resarcimiento del daño físico, psíquico y moral de la demandante, así como a los perjuicios ocasionados, como responsables directos solidarios. En primera instancia se estimó la demanda. Se estima la apelación y se revoca la sentencia frente a ello la actora plantea el presente recurso. Cabe deducir que existía un acuerdo entre la empresa suministradora y la instaladora para que ésta se encargara de la instalación interior, pues de otro modo no sería posible que la suministradora pudiera indicar el precio normal y el de oferta en el folleto promocional; que la empresa instaladora no fue elegida por los vecinos, sino proporcionada por la suministradora, que, como igualmente figura en el folleto publicitario, asumió todas las gestiones, y dispuso mandar una empresa instaladora que en el mencionado folleto se decía estar homologada por la propia suministradora, con el sentido de garantía que ello supone. Se estima el recurso. "
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Extracto
Sentencia nº 420/2007 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 30 de Marzo de 2007
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a treinta de Marzo de dos mil siete.Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, como consecuencia de autos, juicio de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número uno de Guecho, sobre reclamación de cantidad, cuyo recurso fue interpuesto por doña Carina representada por el Procurador de los Tribunales don Mariano de la Cuesta Hernández, siendo parte recurrida la entidad "SOCIEDAD DE GAS EUSKADI S.A" (como absorbente de "NATURGAS, S.A.,") representada por el Procurador de los Tribunales don José de Murga Rodríguez.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. Ante el Juzgado de Primera Instancia número uno de Guecho fueron vistos los autos, juicio de menor cuantía nº 309/1994, promovidos a instancia de doña Carina, sobre reclamación de cantidad.Por la actora se formuló demanda arreglada a las prescripciones legales, en la cual se solicitaba, previa alegación de los hechos y fundamentos de derecho, que se dictara sentencia por la que estimando íntegramente la demanda se condene a los demandados "NATURGAS, S.A," y "UMEGASA S.A", al resarcimiento del daño físico, psíquico y moral de la demandante, así como a los perjuicios ocasionados, en la cuantía de 25.000.000 de pesetas, como responsables directos solidarios.Con fecha 29 de septiembre de 1994, la demandante presentó escrito desistiendo de acción ejercitada frente a UMEGASA, dictándose providencia el 7 de octubre de 1994 en la que se acuerda tener por desistida a la actora respecto de UMEGASA, continuándose el procedimiento únicamente contra NATURGASLa demandada "NATURGAS, S.A", contestó alegando como hechos y funda...Ver el contenido completo de este documento
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