Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 22 de Diciembre de 2001
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Resumen
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN. INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA. DAÑO ANTIJURÍDICO. PRUEBA. Se reclama contra la sentencia desestimatoria de recurso contencioso administrativo sobre indemnización por secuelas por intervención quirúrgica. De la prueba pericial, a la que la Sala sentenciadora confiere una mayor fuerza de convicción, a pesar de las dudas que refleja a la vista de los demás informes médicos, no se deduce que las secuelas e incapacidad que sufre la recurrente hayan sido producidas por la intervención quirúrgica que se le practicó, pero es más, aun aceptando su tesis de que la causa de sus actuales limitaciones está en dicha intervención quirúrgica, lo que no se puede negar es que ésta, según el aludido informe del especialista en neurocirugía, fue realizada correctamente de acuerdo con el estado del saber en la actualidad y que la incidencia postoperatoria fue resuelta correctamente, de modo que estaríamos ante una lesión que no constituye un daño antijurídico. Se desestima el recurso de casación.
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☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 22 de Diciembre de 2001
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintidós de Diciembre de dos mil uno. Visto por la Sala Tercera (Sección Sexta) del Tribunal Supremo, constituida por los Magistrados Excmos Sres. anotados al margen, el presente recurso de casación que, con el nº 8406/97, pende ante ella de resolución, interpuesto por el Procurador D. Francisco Alvarez del Valle García, en nombre y representación de Doña Araceli , contra la sentencia pronunciada, con fecha 23 de julio de 1997, por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso administrativo nº 825 de 1994, sostenido por la representación procesal de Doña Araceli contra la resolución de 15 de julio de 1994 de la Ministra de Sanidad y Consumo, desestimatoria de la petición de indemnización por importe de 21.595.360 pesetas, debido a los daños y perjuicios derivados de las secuelas permanentes que le restan a raíz de la intervención quirúrgica que le fue practicada el día 27 de junio de 1985 en la Ciudad Sanitaria "DIRECCION000...Ver el contenido completo de este documento
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