Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 4 de Noviembre de 2004
Enlazado como:
Enlazado como:
Resumen
RECURSO DE CASACIÓN. LICENCIA DE ACTIVIDAD PARA LA INSTALACIÓN DE UNA PLANTA DE COGENERACIÓN. COMPETENCIA. En el presente caso, se trata de determinar cual es el régimen del presente recurso, toda vez que el recurso contencioso administrativo se interpuso con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 29/1.998, que incorpora un nuevo régimen de distribución de competencias entre los diferentes órganos de la jurisdicción contencioso administrativa. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1.c) de la misma Ley, los recursos que se deduzcan frente a los actos de las entidades locales que tengan por objeto licencias de actividad, como es el caso, están atribuidos al conocimiento de los Juzgados de lo Contencioso Administrativo y en segunda instancia, a las Salas de lo Contencioso Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia. Sentado que la sentencia de la Sala de Cantabria ha de entenderse dictada como si de segunda instancia se tratara, queda excluida del recurso de casación, pues éste sólo procede -artículo 86.1- contra las sentencias en única instancia. Se unifica de éste modo el tratamiento procesal a los efectos del acceso al recurso de casación, de las sentencias dictadas por las Salas de lo Contencioso Administrativo en asuntos competencia de los Juzgados, al entenderse dictada la sentencia por aquellas en segunda instancia. Se declara la inadmisión del recurso.
Ver el contenido completo de este documento
Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 4 de Noviembre de 2004
AUTO
En la Villa de Madrid, a cuatro de Noviembre de dos mil cuatro.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- Por la Procuradora de los Tribunales Dª. María Isabel Campillo García, en nombre y representación de la mercantil "SNIACE COGENERACIÓN, S.A.", se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia de 5 de mayo de 2001, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, dictada en el recurso nº 620/00. SEGUNDO.- Por providencia de 12 de junio de 200...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
Documentos citados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex España
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Compañía
Otros documentos:
Sentencia nº 831/2008 de TSJ Canarias (Las Palmas de Gran Canaria), Sala de lo Social, July 11, 2008 | 487511 - construcciones y servicios manchegos vifesa, sociedad limitada. | 484270 - Promociones Nueva Calle Sa. | Auto nº 577/2009 de AP Madrid, Sección 1ª, July 30, 2009 | Acórdão Inteiro Teor de 2ª Turma February 19 2003 | Acórdão nº 70031336035 de Tribunal de Justiça do RS, Décima Primeira Câmara Cível, September 2... | An Eye for Style ; Looking the Business On a Budget Is Not Always Easy but Anuji Varma Thinks a New City Store Might Have the Answer | visit of the queen is key to our city ; the voice of gloucestershire