Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 10 de Junio de 2004

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Resumen


RECURSO DE QUEJA. DESESTIMACIÓN. INNECESARIEDAD DE DOBLE INSTANCIA. CONSTITUCIONALIDAD. Se reclama contra el auto que tiene por no preparado el recurso de casación interpuesto. No puede encontrarse en la Constitución ninguna norma o principio que imponga la necesidad de una doble instancia o de unos determinados recursos, siendo posible en abstracto su inexistencia o condicionar su admisibilidad al cumplimiento de ciertos requisitos. El establecimiento y regulación, en esta materia, pertenece al ámbito de libertad del legislador el principio hermeneútico «pro actione» no opera con igual intensidad en la fase inicial del proceso, para acceder al sistema judicial, que en las sucesivas, conseguida que fue una primera respuesta judicial a la pretensión cuya es la sustancia medular de la tutela y su contenido esencial, sin importar que sea única o múltiple, según regulen las normas procesales el sistema de recursos. Se desestima el recurso de queja.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 10 de Junio de 2004

AUTO

En la Villa de Madrid, a diez de Junio de dos mil cuatro.ANTECEDENTES DE HECHO

UNICO.- Por el Procurador de los Tribunales D. Carlos de Zulueta Cebrian, en nombre y representación de D. Salvador y Dª María del Pilar, se ha interpuesto recurso de queja contra el Auto de 1 de julio de 2003, confirmado por el de 23 de octubre de siguiente, de la Sala de lo Contencioso-Administrati...

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