Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 15 de Octubre de 2001
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Resumen
"RECLAMACIÓN DE CANTIDAD Y DAÑOS Y PERJUICIOS. INEXISTENCIA DE FALTA DE MOTIVACIÓN. En el caso, tales exigencias se hallan sobradamente cumplidas pues la sentencia objeto de recurso, detalla en sus ocho fundamentos jurídicos todos los elementos del litigio, con un relato pormenorizado de los hechos probados al tener en cuenta no solo la realidad de los datos declarados probados, sino también precisar su cauce en cuanto al relato fáctico de la actora no cuestionado (aunque sí su significado), a través de los ocho apartados que contiene el fundamento cuarto. En primera instancia se estima parcialmente la demanda interpuesta por Pretty S.A., contra Pepe UK Limited y se condena a la demandada a satisfacer a la actora la suma de 8.074.592 pts, intereses y costas. Se estima el recurso de apelación interpuesto por ""Pepe U.K. Limited"", se absuelve a la recurrente, se desestima el recurso de Pretty S.A. Se desestima el recurso de casación interpuesto por Pretty S.A., con costas."
Frases clave
“ El motivo segundo (artículo 1.692 número cuarto de la Ley de Enjuiciamiento Civil), resulta inadmisible y, en esta fase, según reiterada jurisprudencia debe ser desestimado, conforme se infiere de su propia formalización que apoya en el artículo 24 de la Constitución Española, "al apreciarse error, irrazonabilidad y falta de motivación en la valoración o apreciación que hace el Tribunal en las pruebas", con lo cual explicita a las claras su disconformidad con los hechos probados- que son firmes en casación- y la sedicente pretensión de revisar la prueba, a su gusto y medida, con olvido de la verdadera naturaleza del presente recurso que, según se expresa con reiteración, no es una "tercera instancia". ”
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Demandado
Extracto
Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 15 de Octubre de 2001
D. JOSE ALMAGRO NOSETED. ANTONIO GULLON BALLESTEROSD. XAVIER O'CALLAGHAN MUÑOZ
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a quince de Octubre de dos mil uno.Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados indicados al margen el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoquinta, como consecuencia de autos, juicio de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número siete de San Feliu de Llobregat, sobre reclamación de daños y perjuicios, cuyo recurso fue interpuesto por la entidad Pretty S...Ver el contenido completo de este documento
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