Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 11 de Septiembre de 2003
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Resumen
INDEMNIZACIÓN. RECLAMO. El contenido económico de la pretensión casacional de la Administración está representado por esta última cantidad, con arreglo a la doctrina jurisprudencial sentada por esta Sala al respecto, ya que al haber sido consentida la sentencia por la sociedad recurrente la revisión casacional no puede dar lugar a la elevación de la referida indemnización. Se estima en parte la demanda. Se desestima la apelación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Empresa
Extracto
Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 11 de Septiembre de 2003
En la Villa de Madrid, a once de Septiembre de dos mil tres.ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Abogado del Estado se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia de 20 de febrero de 2001, de la Sala de lo Co...Ver el contenido completo de este documento
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