Sentencia nº 1119 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 2 de Diciembre de 1992

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Resumen


INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS. No se corresponden los hechos proclamados en la Sentencia con la premisa base de que surge el razonamiento del motivo, por lo que con unidades intelectivas heterogéneas, no es posible formular en raciocinio exacto y veraz comportando por tanto hacer supuesto de la cuestión, lo que está proscrito en este recurso extraordinario. Se desestima la demanda. Se desestima la apelaci?

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandado

Extracto


Sentencia nº 1119 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 2 de Diciembre de 1992

En la Villa de Madrid, a

En la Villa de Madrid, a 02 de Diciembre de 1.992. Visto por la

Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen

indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de

apelación por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia,

como consecuencia de juicio de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de

Primera Instancia número TRES de Valencia, sobre ejecución de obras y

reclamación de daños, cuyo recurso fue interpuesto por DON Jose Enrique, representado por el Procurador de los Tribunales Don Leonides Merino

Palacios, y asistido del Letrado Don Francisco Amorós Herrero, en el que es

recurrida DOÑA Aurora, representada por la Procuradora de

los Tribunales Doña Beatriz Ruano Casanova, y asistida del Letrado Don

Eugenio Mota.ANTECEDENTES DE HECHO

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