Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 23 de Mayo de 2005
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Resumen
INCIDENTE DE IMPUGNACIÓN DE COSTAS. Carece de fundamento la impugnación realizada pues la reclamación de las costas de la Abogacía del Estado se ha formulado conforme a lo dispuesto en la Ley, adaptándose a las reglas generales y con destino al Tesoro Público. La minuta de honorarios presentada por el Abogado del Estado no supone una carga desproporcionada o irrazonable para la contraparte. Se declara no haber lugar a la impugnación de costas
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☞ Sentencia Favorable a: Abogado del Estado
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 23 de Mayo de 2005
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintitrés de Mayo de dos mil cinco. Visto por la Sección Segunda de la Sala Tercera de este Tribunal el incidente de impugnación de costas por el trámite de indebidas, suscitado por la representación procesal de RKV. S.A., parte recurrente que fue en el recurso de revisión para declaración de error judicial...Ver el contenido completo de este documento
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