Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 16 de Junio de 2003

Enlazado como:
Abogados Público y Administrativo

Resumen


"INCIDENTE DE IMPUGNACIÓN DE HONORARIOS POR INDEBIDOS. DESESTIMACIÓN. Con expresa cita del artículo 36.2 de la Ley 1/1996, de Asistencia Jurídica Gratuita, se impugna por Juan Miguel la tasación de costas del Sr. Abogado del Estado, por entender que su representada, condenada en costas, obtuvo el beneficio de justicia gratuita por carecer de medios económicos. El artículo no exime a la parte condenada al pago de las costas a satisfacer las causadas por la parte contraria, pues el citado precepto señala que la persona que hubiere obtenido derecho a la asistencia jurídica gratuita quedará obligada a pagar las causadas en su defensa y las de la parte contraria si ""dentro de los tres años siguientes a la terminación del proceso viniera a mejor fortuna"", quedando mientras tanto interrumpida la prescripción del artículo 1967 del Código Civil. Al no haber transcurrido el citado plazo letal, procede desestimar la impugnación formulada. Se desestima la impugnación por indebida de la minuta de honorarios de la Abogacía del Estado, formulada por Juan Miguel , en el recurso de casación; sin costas causadas en este incidente."

Ver el contenido completo de este documento

Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Impugnado en Costas

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 16 de Junio de 2003

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a dieciséis de Junio de dos mil tres.

Visto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, Sección Sexta, constituida por los señores arriba anotados, el present...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía