Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 29 de Marzo de 1993

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Resumen


"INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA. La sentencia de suplicación antes referida, impugnada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en el presente recurso de casación para la unificación de doctrina, si bien contiene en su fundamentación jurídica una doctrina errónea sobre el particular que se aparta de la jurisprudencia mencionada, la realidad es que en su parte dispositiva no se pronuncia sobre la obligación de ""anticipo"" a cargo de la Mutua Patronal de un modo inmediato, omisión debida quizás al defectuoso planteamiento de la demanda, sino que impone la obligación del pago ""definitivo"" al Instituto Nacional de la Seguridad Social como Gestor del Fondo de Garantía en el supuesto de insolvencia de la empresa, fallo correcto que se ajusta a la doctrina de esta Sala. No pudiéndose olvidar que este recurso, se da precisamente contra el fallo de la sentencia impugnada. Se desestima la casación. "

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 29 de Marzo de 1993

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Marzo de mil novecientos noventa y tres.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Procurador D. Carlos de Zulueta Cebrián, en nombre y representación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia de fecha 15 de Octubre de 1.991 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid al resolver el recurso de suplicación interpuesto por la MUTUA PATRONAL "MADIN" frente a la sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de los de Santander, de fecha 6 de Octubre de 1.988 ...

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