Sentencia nº 689/2003 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 8 de Julio de 2003
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Resumen
ACCIDENTE DE CIRCULACION. CONDUCCION BAJO INFLUENCIA DEL ALCOHOL. INAPLICACION RETROACTIVA DE LA NUEVA NORMATIVA. ACCION DE REPETICION. Al artículo 7 para autorizar que la acción de repetición a favor del asegurador pudiera dirigirse contra el conductor propietario del vehículo causante y asegurado no sólo por conducta dolosa de los mismos, sino también cuando el daño causado fuera debido a la circulación bajo bebidas alcohólicas. Se trata de una normativa que carece de efecto retroactivo y ello impone aplicar la que regía al tiempo de los hechos, correctamente observada por el Tribunal de Instancia y es el artículo 7 del Real-Decreto legislativo 1301/1986 de 28 de junio. -vigente hasta su derogación expresa por la referida Ley 30/1995-, que dispone que el derecho de repetición resulta procedente contra el propietario del vehículo causante y conductor asegurado en el caso de que el daño fuese debido a la conducta dolosa de éstos o a otros motivos de excusión imputables a ellos, lo que reitera el artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro. Evidentemente no constituye conducta dolosa el hecho probado de que la dueña del automóvil lo hubiera prestado y autorizado la conducción por su hermano, no habiéndose demostrado que en dicho momento conociera se hallase bajo la influencia de bebidas alcohólicas. En primera instancia se estima parcialmente la demanda. Se desestima la apelación. Se desestima la casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Asegurado
Extracto
Sentencia nº 689/2003 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 8 de Julio de 2003
D. ALFONSO VILLAGOMEZ RODILD. LUIS MARTINEZ-CALCERRADA GOMEZD. JOSE MANUEL MARTINEZ-PEREDA RODRIGUEZ
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a ocho de Julio de dos mil tres. VISTOS por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados identificados al margen, el Recurso de Casación contra la Sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Jaén -Sección primera-, en fecha 30 de septiembre de 1997, como consecuencia de los autos de juicio de menor cuantía, sobre acción de reintegro ejercitada por la Compañía Aseguradora de la...Ver el contenido completo de este documento
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