Auto de TS, Sala 4ª, de lo Social, 20 de Marzo de 2003
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Resumen
DESPIDO. INADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN. INEXISTENCIA DE CONTRASTE. La Ley de Procedimiento Laboral exige para la viabilidad del recurso de casación para la unificación de doctrina que exista una contradicción entre la resolución judicial que se impugna y otra resolución judicial que ha de ser una sentencia de una Sala de lo Social de un Tribunal Superior de Justicia. La contradicción requiere que las resoluciones que se comparan contengan pronunciamientos distintos sobre el mismo objeto, que se produzca una diversidad de respuestas judiciales ante controversias esencialmente iguales y, aunque no se exige una identidad absoluta, que respecto a los mismos litigantes u otros en la misma situación, se haya llegado a esa diversidad de las decisiones pese a tratarse de hechos, fundamentos y pretensiones sustancialmente iguales. En primera instancia se estima la demanda. En segunda instancia se estima parcialmente la apelación. Planteado recurso de casación fue inadmitido.
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Extracto
Auto de TS, Sala 4ª, de lo Social, 20 de Marzo de 2003
En la Villa de Madrid, a veinte de Marzo de dos mil tres.HECHOS
PRIMERO.- Por el Juzgado de lo Social nº 1 de Orense se dictó sentencia en fecha 27 de febrero de 2.002, en el procedimiento nº 67/02 seguido a instancia de D. Paulinocontra la empresa AUTOCARES GONZALEZ S.L., sobre despido, que estimaba la pretensión formulada. SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por la empresa AUTOCARES GONZALEZ S.L., siendo dictada sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en fec...Ver el contenido completo de este documento
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