Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 20 de Marzo de 2003
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Resumen
INADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN. CUANTÍA MÍNIMA. La sentencia no es susceptible de recurso por la vía de interés casacional por cuanto el Juicio ordinario no ha sido determinado en función de la materia sino por su cuantía, por cuanto se hace preciso que la cuantía del proceso exceda de 25.000.000 de pesetas. Desestimado el recurso contencioso administrativo, se interpuso recurso de casación que fue inadmitido.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Administración
Extracto
Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 20 de Marzo de 2003
AUTO
En la Villa de Madrid, a veinte de Marzo de dos mil tres.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- Por el Procurador de los Tribunales D. Francisco Velasco Muñoz-Cuellar, en nombre y representación de "Compañía Valenciana de Cementos Portland, S.A." (sucesora de "La Auxiliar de la Construcción, S.A." según ...Ver el contenido completo de este documento
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