Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 7 de Octubre de 2002

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Resumen


DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA. El Tribunal Constitucional se ha pronunciado también sobre la posibilidad de proceder a la declaración de inadmisión del recurso aún cuando haya sido inicialmente admitido, y lo ha hecho en los siguientes términos: «los defectos insubsanables de que pudiera estar afectado el recurso de amparo no resultan sanados porque la demanda haya sido inicialmente admitida. Por ello, la comprobación de los requisitos procesales puede también realizarse en un momento distinto del previsto para la admisión de los recursos de amparo, siendo viable en la propia Sentencia un pronunciamiento de inadmisión por la falta de presupuestos procesales y sin que para ello constituya un obstáculo el carácter tasado de los pronunciamientos previstos en el art. 53 LOTC. Se desestima la casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 7 de Octubre de 2002

D. OSCAR GONZALEZ GONZALEZD. SEGUNDO MENENDEZ PEREZD. MANUEL CAMPOS SANCHEZ-BORDONAD. FRANCISCO TRUJILLO MAMELYD. PABLO MARIA LUCAS MURILLO DE LA CUEVAD. FERNANDO CID FONTAN

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a siete de Octubre de dos mil dos.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo el recurso de casación interpuesto por la ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE HOSTELERÍA DE GIJÓN, CARREÑO Y VILLAVICIOSA, representada por el Procurador de los Tribunales Don Argimiro Vázquez Guillén, con...

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