Auto de TS, Sala 4ª, de lo Social, 9 de Septiembre de 2004

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Abogados Laboral y Seguridad Social

Resumen


INADMISIîN DEL RECURSO DE CASACIîN. INEXISTENCIA DE CONTRADICCIîN. RECLAMACIîN POR COMPLEMENTO POR PENSIîN. Para la viabilidad del recurso de casaci—n por unificaci—n de doctrina se exige que exista contradicci—n entre la resoluci—n judicial que se impugna y otra resoluci—n judicial, es decir una diversidad de respuestas judiciales ante controversias esencialmente iguales y, aunque no se exige una identidad absoluta, s’ es preciso que respecto a los mismos litigantes u otros en la misma situaci—n, se haya llegado a esa diversidad de las decisiones pese a tratarse de hechos, fundamentos y pretensiones sustancialmente iguales. No se cumple con el requisito de contraste toda vez que las dos sentencias comparadas desestiman la pretensi—n actora, en aplicaci—n de la previsi—n convencional que excluye a los trabajadores de la obra social del ‡mbito de aplicaci—n del Convenio que regula la mejora de Seguridad Social, por lo que no existe contradicci—n entre sus pronunciamientos, siendo adem‡s diferentes las situaciones f‡cticas contempladas. En primera instancia se estim— la demanda. En segunda instancia se estim— la apelaci—n. Planteado recurso de casaci—n fue inadmitido.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Instituto Nacional de la Seguridad Social

Extracto


Auto de TS, Sala 4ª, de lo Social, 9 de Septiembre de 2004

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Septiembre de dos mil cuatro.HECHOS

PRIMERO.- Por el Juzgado de lo Social Nº 2 de los de Las Palmas se dictó sentencia en fecha 22 de enero de 2001, en el procedimiento nº 6/00 seguido a instancia de Gabino contra CAJA INSULAR DE AHORROS DE CANARIAS, COMISION DE CONTROL DEL PLAN DE PENSIONES DE EMPLEADOS DE LA CAJA INSULAR DE AHORROS DE CANARIAS, LA ENTIDAD DEPOSITARIA DEL PLAN DE PENSIONES DE LA CAJA INSULAR DE AHORROS DE CANARIAS y CASER,...

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