Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 5 de Diciembre de 2001

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Resumen


IMPUESTO DE SUCESIONES. Tratándose de actos tributarios, para su cuantificación hay que atender única y exclusivamente a la cuota, -que es el verdadero valor de la pretensión- y no a la base imponible, ni a cualquier otro tipo de responsabilidades, como son los intereses de demora o sanciones . Se estima el recurso contencioso administrativo. Se desestima el recurso de casacion.

Frases clave


La casación contencioso-administrativa es un recurso extraordinario y limitado por razón de la cuantía, como resulta de lo establecido en el artículo 93.2.b) de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción

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Historial del Caso


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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 5 de Diciembre de 2001

D. PASCUAL SALA SANCHEZD. JAIME ROUANET MOSCARDOD. RAMON RODRIGUEZ ARRIBASD. JOSE MATEO DIAZD. ALFONSO GOTA LOSADA

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a cinco de Diciembre de dos mil uno.

VISTO ante esta Sección de la Sala Tercera el recurso de casación núm. 8.590/96, interpuesto por la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado, con la asistencia de ...

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