Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 4 de Julio de 2001

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Abogados Público y Administrativo

Resumen


IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. La suspensión de las actuaciones inspectoras, no justificada y por causas ajenas al obligado tributario, durante más de seis meses y en cualesquiera momentos del período que media entre el inicio de éstas y la notificación de la liquidación resultante de las mismas, no interrumpe el plazo de la prescripción para liquidar, para exigir el pago o para sancionar que se estuviere ganando. Se estima el recurso contencioso administrativo. Se desestima la casación.

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Historial del Caso


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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 4 de Julio de 2001

D. PASCUAL SALA SANCHEZD. JAIME ROUANET MOSCARDOD. RAMON RODRIGUEZ ARRIBASD. JOSE MATEO DIAZD. ALFONSO GOTA LOSADA

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a cuatro de Julio de dos mil uno.

Visto el presente recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el ABOGADO DEL ESTADO contra la sentencia número 761 dictada, con fecha 7 de diciembre de 1995, por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Cataluña, estimatoria del recurso de dicho orden jurisdiccional número 2308/1992 promovido por Don Carlos Antonio y Doña Gema -que han comparecido en esta alzada, como parte recurridas, bajo la representación procesal de la Procuradora Doña Isabel Fernández-Criado Bedoya y la dirección técnico jurídica del Letrado Don Francisco Placer Sánchez- contra la resolución del Tribunal Económico Adminis...

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