Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 13 de Octubre de 1993

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Resumen


IMPUESTO GENERAL SOBRE EL TRÁFICO DE EMPRESAS. Bajo la pretensión equipamiento comunitario primario se configura un concepto jurídico indeterminado, que la jurisprudencia ha ido perfilando a través de una relación casuística abierta, en la que la construcción de edificios escolares, y concretamente de unidades de EGB, han sido siempre consideradas como obras de equipamiento comunitario primario, realizaciones caracterizadas como tales por el nivel básico y exigible del servicio a que van destinadas y no por ser obras de nueva planta, establecidas por primera vez en suelo urbanizable que se vaya transformando en urbano, apreciación cuya consistencia jurídica no encuentra apoyo en ningún sector del Ordenamiento jurídico y que por ello ha de ser rechazada. Se desestima la apelación.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 13 de Octubre de 1993

Núm. 2.981.-Sentencia de 13 de octubre de 1993

PONENTE: Excmo. Sr. don Ángel Alfonso Llorente Calama.

PROCEDIMIENTO: Ordinario. Apelación.

MATERIA: Tributos. Impuesto general sobre el tráfico de empresas. Obras de equipamiento primario. Centro escolar de EGB.

JURISPRUDENCIA CITADA: Sentencias de 10 y 11 de mayo de 1993 del Tribunal Supremo.

DOCTRINA: La construcción de edificios escolares y concretamente de unidades de EGB h...

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