Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 18 de Noviembre de 2004

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Resumen


IMPUESTO ESPECIAL . EXENCIÓN. REQUISITOS. Se impugna sentencia que anula resolución tributaria. Para que proceda la exención es necesario acreditar la personalidad de los titulares directos o indirectos del capital social y el de asumir el compromiso de notificar cualquier alteración o modificación y las causas de éstas a las autoridades competentes, sin que la falta de autentificación de la firma pueda convertirse en causa de nulidad invalidante. El recurso de casación no procede para cuestiones relativas a la valoración probatoria. La demanda fue estimada. La casación fue inadmitida.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandante, Contribuyente

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 18 de Noviembre de 2004

RAMON TRILLO TORRESJAIME ROUANET MOSCARDORAFAEL FERNANDEZ MONTALVOMANUEL VICENTE GARZON HERREROJUAN GONZALO MARTINEZ MICO

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Noviembre de dos mil cuatro.

VISTO ante esta Sección de la Sala Tercera el recurso de casación núm. 9021/1998, interpuesto por la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra la sentencia dictada en 30 de marzo de 1998 por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el Recurso número 1073/95, sobre solicitud de exención del Impuesto Especial de Biene...

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