Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 9 de Junio de 2001

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Resumen


"IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES Y OBRAS. La facultad del Estado de incidir sobre la competencia urbanística, sustituyendo la previa licencia por el informe, se limita, por tanto, a las obras portuarias en sentido estricto, pero no puede alcanzar a aquellas otras que, aunque realizadas en la zona de servicio del puerto, son de naturaleza diversa; en tales casos, será de aplicación la legislación urbanística general y, en principio, la exigencia de licencia previa que corresponde otorgar al Ayuntamiento competente. Se desestima la casación. "

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Ayuntamiento

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 9 de Junio de 2001

D. PASCUAL SALA SANCHEZD. JAIME ROUANET MOSCARDOD. RAMON RODRIGUEZ ARRIBASD. JOSE MATEO DIAZD. ALFONSO GOTA LOSADA

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a nueve de Junio de dos mil uno.

La Sala Tercera del Tribunal Supremo, Sección Segunda, ha visto el recurso de casación 2751/1996, interpuesto por Fomento de Construcciones y Contratas, S.A., representada por la Procuradora doña Amparo Naharro Calderón, bajo la dirección de Letrado, contra la sentencia dictada el día 2 de noviembre de 1995 por la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Sevilla en su recurso 5530/1992, siendo parte recurrida el Excmo. Ayuntamiento de Barbate, representado por la Procuradora doña María del Sol Molina Mangas, asimismo bajo la dirección de Letrado, relativo a tasas por licencias urbanísticas e impuesto sobre construcciones, in...

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