Sentencia nº 768/1992 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 14 de Julio de 1992

Enlazado como:
Abogados Civil

Resumen


HONORARIOS PROFESIONALES. Al haber sido también impugnados por excesivos los honorarios del mismo Letrado, procede que por el Magistrado Ponente se proponga la resolución que proceda acerca de esa otra impugnación, previo el informe del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, conforme preceptúa el artículo 427 de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Se desestima el recurso de casacion.

Frases clave


Dada la imprecisión técnica con que aparece redactado el escrito de impugnación de honorarios (que ha sido transcrito literalmente en el Antecedente de Hecho cuarto de esta resolución) no puede esta Sala conocer cuál de los dos conceptos comprendidos en la minuta impugnada es el que el impugnante considera "indebido"

Ver el contenido completo de este documento

Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Impugnado en Costas

Extracto


Sentencia nº 768/1992 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 14 de Julio de 1992

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a catorce de Julio de mil novecientos noventa y dos.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el incidente sobre impugnación de honorarios por indebidos, promovido por el Procurador D. Fernando-Julio Herrera González, en representación de D. Luis Angely d...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía