Sentencia nº 467/1995 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 10 de Mayo de 1995

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Resumen


"HONORARIOS. IMPUGNACIÓN. El escrito de impugnación distinguía entre honorarios excesivos y honorarios indebidos; admitidas ambas impugnaciones y ordenada la tramitación de los indebidos, se está en trance de dictar sentencia que solo puede ser desestimatoria, por cuanto ningún concepto de la minuta responde a actividad del Letrado no realizada; reclama los honorarios de instrucción, preparación y asistencia a la vista, los que en su caso podrán ser tenidos por excesivos pero no por indebidos. Se desestima la impugnación. "

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Impugnado en Costas

Extracto


Sentencia nº 467/1995 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 10 de Mayo de 1995

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diez de Mayo de mil novecientos noventa y cinco.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el incidente sobr...

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